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Jueves, 26 Enero 2012
Nuevas normas sobre parásitos en pescados

En la noticia colgada en este blog el 25 de abril de 2010 se recogía la opinión científica publicada por la EFSA sobre evaluación de riesgos de parásitos en productos pesqueros, contestando a varias cuestiones planteadas por la Comisión Europea. En dicha opinión se informa de los casos en los que la presencia de parásitos en los pescados puede suponer un riesgo para la salud humana, y también de los tratamientos eficaces para matar a estos agentes biológicos en los pescados.

Aunque la EFSA ha dictaminado que todo pescado de mar o de agua dulce es susceptible de contener parásitos perjudiciales para la salud humana si se consumen crudos o semicrudos, lo que significaría que todos los productos de la pesca que fueran consumidos sin un tratamiento previo tendrían que someterse a una congelación para matarlos, hay algunos casos que podrían exceptuarse de la obligación de congelación previa, siempre que las autoridades competentes dispongan de datos epidemiológicos que demuestren su ausencia en piscifactorías o en áreas marítimas de pesca.

Además, la EFSA, con los datos disponibles, ha concluido que el riesgo de infestación con anisakis es insignificante en el caso del salmón criado en jaulas flotantes o tanques en tierra con piensos compuestos porque tienen pocas probabilidades de contener parásitos vivos, sin embargo para otros productos de la acuicultura no dispone de suficiente información para determinar si hay o no riesgo de infestación durante la cría. No obstante, la EFSA ha establecido unos criterios para determinar cuando la presencia de parásitos en los productos de la acuicultura no entrañaría riesgo para la salud de los consumidores. Cumpliendo estos criterios durante la cría de pescado de la acuicultura, se puede concluir que la presencia de parásitos en los productos de la acuicultura distintos del salmón, es desdeñable.

Nuevos requisitos legales

Con estas conclusiones, la Comisión Europea junto con los Estados miembros (EEMM) han acordado las excepciones y los tratamientos que deberían aplicarse a los productos de la pesca para matar a los parásitos, modificando los requisitos anteriores regulados, con la publicación del Reglamento 1276/2011 sobre tratamiento para matar parásitos viables en los productos de la pesca destinados al consumo humano.

Dentro de los tratamientos que se pueden aplicar a los pescados que se consuman crudos o semicrudos, se ha pasado de poder aplicar una única temperatura de -20ºC durante un tiempo mínimo de 24 horas, a poder aplicar además de la anterior, una temperatura de -35ºC durante un período mínimo de 15 horas.

La aplicación de estos tratamientos de congelación se exceptúa, entre otros casos, a los pescados que procedan de la acuicultura alimentados con una dieta libre de parásitos viables y siempre que se hayan criado en un entorno libre de parásitos o que el operador económico haya comprobado la ausencia de estos parásitos en los pescados.

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