
La legislación comunitaria relativa al bienestar animal durante el transporte se aprobó en el Reglamento 1/2005 sobre la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas. Este reglamento cumple los siguientes objetivos:
- Revisar la legislación anterior teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la opinión científica adoptada por el Comité Científico de la Salud y Bienestar Animal el 11 de marzo de 2002
- Garantizar que los animales no sean transportados de una forma que pueda causarles lesiones o sufrimiento.
- Establecer medidas específicas que garanticen la salud y el bienestar animal cuando permanezcan en puestos de control.
- Formar a las personas que manipulen animales sobre las normas adecuadas relacionadas con el bienestar animal.
- Limitar, en la medida de lo posible, los viajes largos de animales, incluido el transporte de animales para sacrificio.
- Eliminar los obstáculos técnicos al comercio de animales vivos y permitir el buen funcionamiento de las organizaciones de mercado.
Este Reglamento recoge un mandato a la Comisión Europea para que presente al Parlamento Europeo un informe sobre el impacto de la aplicación de esta legislación en el transporte de animales vivos, en especial la evidencia científica relacionada con las necesidades de bienestar de los animales, así como las implicaciones socio-económicas de la aplicación del Reglamento citado.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2005:003:0001:0044:ES:PDF
Nueva opinión científica de la EFSA sobre bienestar animal durante el transporte
La EFSA, siguiendo la petición de la Comisión Europea, ha adoptado recientemente una nueva opinión científica sobre bienestar animal durante el transporte, con el mandato de recopilar y revisar la información científica reciente sobre las principales especies de animales de granja, evaluar los peligros y riesgos para el bienestar animal durante el transporte, identificar y evaluar los indicadores de bienestar animal y hacer recomendaciones basadas en la nueva evidencia científica.
Según la EFSA, las conclusiones y recomendaciones que recoge la opinión científica, en la mayoría de los casos, no van en contra del Reglamento 1/2005, por lo que no se proponen cambios sustanciales. En algunos casos la EFSA sí hace recomendaciones concretas por especies animales o aspectos del bienestar animal, también propone recomendaciones para la comunidad científica en aquellos puntos que necesitan ser revisados a la luz de la nueva evidencia científica y destaca pocos casos donde las recomendaciones presentadas en anteriores opiniones científicas no quedaron incorporadas en el Reglamento 1/2005.
Algunas recomendaciones destacables:
- Modificar el cálculo del espacio disponible para los animales en kg/m2 en vez de m2/animal para tener en cuenta el peso del animal.
- Durante el transporte de cerdos no es necesario que dispongan de agua continuamente, solo durante las paradas.
- En el caso de transporte de ovejas, instalar en el vehículo acelerómetros para evitar y controlar aceleraciones y paradas bruscas que afectan especialmente a estos animales.
- Para los pollos de engorde, se propone un rango de temperatura entre 24 y 25ºC con una temperatura mínima de 5ºC durante el transporte.
http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/doc/1966.pdf
Opinión del sector
El 17 de enero de este año la web de Agrodigital.com publicó una nota conjunta de las asociaciones españolas de transportistas de animales y de comerciantes de ganado porcino, así como de la Asociación Europea del Transporte, sobre el informe de la EFSA, en la que se recoge una opinión muy favorable a las conclusiones y recomendaciones de este organismo científico. Concretamente el sector está satisfecho porque se haya tenido en cuenta la evidencia científica actualizada y adaptada a la realidad del sector. El cumplimiento del Reglamento en vigor, según el sector, les está generando muchas dificultades administrativas y burocráticas que van en contra del propio bienestar animal y era necesaria una revisión y valoración de la aplicación de este reglamento con base científica y actualizada.
http://www.agrodigital.com/
Para finalizar, solo comentar la importancia de que todos los actores que intervienen en el sector de transporte de animales vivos (autoridades competentes, productores, transportista y también consumidores), a los que afecta directa o indirectamente la legislación de bienestar animal, tengan la tranquilidad y la garantía de que la legislación se base en evidencia científica, sea realista con las actividades comerciales y proteja también directamente a los animales e indirectamente los intereses de salud y éticos de los consumidores. Para ello, la EFSA juega un papel indispensable e independiente, esencial para hacer propuestas basadas exclusivamente en la evidencia científica.