
La semana pasada se notificó una nueva alerta alimentaria, ocurrida esta vez en Irlanda. En esta ocasión los alimentos implicados son los productos del cerdo, los agente causantes son las dioxinas y el origen de la contaminación, según las primeras noticias, son los piensos utilizados en la alimentación animal.
La información facilitada por las autoridades irlandesas de momento es muy limitada, han confirmado la
presencia de dioxinas en piensos y en grasa de cerdo, los alimentos implicados y que se están retirando de los comercios irlandesas son los productos de cerdo procedentes de animales sacrificados en Irlanda desde septiembre de 2008 y las actuaciones que están desarrollando la autoridades irlandesas, tanto las sanitarias como las de agricultura y ganadería son investigar la extensión de la contaminación e identificar los productores y los productos implicados en esta alerta alimentaria.
Esta noticia de prensa no detalla los contenidos de dioxinas encontrados en piensos y alimentos aunque sí informa que esos contenidos superan los límites máximos regulados por la legislación comunitaria.
Otras alertas alimentarias de dioxinas en piensos
Con anterioridad a esta alerta han ocurrido un buen número de casos relacionados también con la presencia de dioxinas en piensos. El primero de ellos se produjo en los EEUU en 1997 en donde se detectaron contenidos altos de dioxinas en pollos; la causa identificada fue un material a base de arcilla usado como agente antiaglomerante (aditivo) en los piensos. En 1999 un arcilla caolinítica utilizada también como agente antiaglomerante para la producción de piensos minerales fue la causa de elevados contenidos de dioxinas en los piensos.
El caso más conocido fue el ocurrido en Bélgica en 1999 donde una grasa contaminada con dioxinas y usada para la producción de piensos produjo unos niveles muy elevados de este contaminante en una gran variedad de productos elaborados con los pollos contaminados. En el año 2000 las dioxinas se encontraron también en concentraciones muy altas en el aditivo cloruro de colina procedente de España. En este caso el origen de la contaminación no era el propio aditivo sino una sustancia utilizada como portador de origen vegetal (cáscaras de arroz, harina de mazorca de maíz o serrín tratado presumiblemente con conservantes para madera).
¿De qué están compuestos los piensos?
Los alimentos para animales y piensos están constituidos por una o varias materias primas y aditivos. Las materias primas que se pueden utilizar en la fabricación de piensos son muy variadas, incluye granos de cereales y sus productos; semillas oleaginosas, frutos oleaginosos y sus productos; semillas de leguminosas y sus productos; tubérculos, sus raíces y sus productos; otras semillas, frutas y sus productos; forrajes y forrajes groseros; productos lácteos; productos de animales terrestres (harina de carne y huesos, harina de plumas y de sangre, grasas animales); pescados, otros animales marinos y sus productos; minerales y productos diversos (productos y subproductos de panadería, confitería, y pastelería y ácidos grasos). Esta lista, no exhaustiva, según la legislación se puede consultar en el Real Decreto 56/2002 sobre circulación y utilización de materias primas para la alimentación animal.
En cuanto a los aditivos destinados a su utilización en la alimentación animal, el Reglamento 1831/2003 sobre aditivos en la alimentación animal, establece los requisitos que deben cumplir los aditivos destinadas a ser añadidos a los alimentos para animales y piensos con el fin de influir en las característica de los piensos y en las necesidades alimenticias y de producción animal. Un aditivo es autorizado por la Comisión Europea tras el dictamen favorable de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, quien evalúa todas las solicitudes presentadas por las empresas fabricantes de los aditivos.
Límites máximos de dioxinas en piensos y alimentos
La legislación comunitaria y española establecen límites máximos de dioxinas para piensos y alimentos. El Real Decreto 465/2003 establece límites máximos para determinadas sustancias indeseables en los alimentos para animales, entre ellas las dioxinas. Y el Reglamento 1881/2006 recoge límites máximos de dioxinas para varios grupos de alimentos, incluidos los productos del cerdo.
Para terminar, decir que según las declaraciones realizadas por el Ministro de Sanidad y Consumo hoy mismo, han consultado los datos de importación españoles y cotejado los datos de comercialización de la Comisión Europea, y no hay evidencia de que se hayan producido importaciones de alimentos a base de cerdo originarios de Irlanda, por lo que la alerta probablemente se circunscriba solo a ese país y a los receptores de los productos producidos en Irlanda. De todas formas, iremos viendo como se va desarrollando esta alerta.